Herbert Fletcher University atenderá las peticiones de acomodo razonable a través de la Oficina de Asuntos Estudiantiles el Área de Asesoría Académica que cuenta con personal capacitado, el Dr. Alberto Salas Román,  Ed. D;LPC; CM;CC; PASSIII; CMP & LSW quien atenderá las necesidades de los estudiantes con discapacidad. De requerir el caso mayor atención, el Asesor Académico, notificará al Director de Asuntos Estudiantiles para convocar al Consejo Asesor y definir las políticas que se aplicarán al mismo.

Consejo Asesor en ley ADA

La función del Consejo Asesor de Herbert Fletcher University, es ser un ente que responda y represente a las personas con impedimentos en el establecimiento y cumplimiento de la ley.

Miembros del Consejo Asesor en Ley ADA:

  • Director de Servicios Estudiantiles
  • Asesor Académico.
  • Capellán.
  • Director de Asuntos Académicos.

Disposiciones Generales:

Herbert Fletcher University en cumplimiento con la sección 504 de la Rehabilitation Act, the Americans with Disabilities Act, y otras leyes anti discriminatorias:

  1. Prohíbe la discriminación contra las personas con necesidades especiales.
  2. Desarrolla la formación y recursos para fomentar y aumentar la sensibilidad y la conciencia de lo inherente a lo que son las necesidades especiales.
  3. Siendo una institución en línea no niega el acceso a personas con impedimento a los programas académicos y servicios.
  4. Está dedicada a proveer ajustes razonables para las personas con necesidades especiales que procedan en la educación en línea.
  5. Respeta la independencia, los derechos y la dignidad de las personas con necesidades especiales, por lo tanto la identificación de uno mismo y/o la solicitud  de acomodo razonable es totalmente voluntaria y responsabilidad del estudiante.
  6. De conformidad con los Derechos de Educación Familiar y Privacidad (FERPA), la institución, se encargará de custodiar todos los datos de los estudiantes con necesidades especiales de forma confidencial.